¿Qué es la Pensión de Viudez?
En el desafortunado evento de que tu conyugue o tu pareja de concubinato llegue a fallecer, si esta se encontraba asegurada o pensionada en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), puedes solicitar una Pensión de Viudez, como apoyo económico para los posteriores años de tu vida.
¿Cuáles son las modalidades de la Pensión de Orfandad?
Por la naturaleza de las leyes mexicanas, pese a que el proceso el relativamente el mismo, varia un poco el proceso para realizar el Trámite para la Pensión de Viudez si eres hombre o mujer, existiendo dos modalidades para solicitar esta pensión:
- Modalidad A: Viuda-Esposa o Concubina.
- Modalidad B: Viudo-Esposo o Concubinario.
En ambos casos el trámite se lleva a cabo de la misma manera y los requisitos son prácticamente los mismos, salvo con la excepción de la Modalidad B, que requiere un par de documentos adicionales.
¿Cuáles son los Documentos que necesito para solicitar la Pensión de Viudez?
Se te pedirán, sin importar la modalidad, dos series de documentos, uno perteneciente a ti y otro perteneciente al asegurado o pensionado fallecido.
Los que te corresponden como beneficiario son:
- Identificación Oficial (con fotografía y firma). En Original y Copia. Puede ser cualquiera de los siguientes: Credencial para votar INE, IFE. Credencial ADIMSS. Cédula Profesional. Pasaporte. Cartilla del Servicio Militar. Si eres extranjero: Visa (Residencia Temporal, Permanente, Estudiante, Con o Sin Permiso para Realizar actividades Remuneradas).
- Comprobante de Domicilio. En Original, antigüedad no mayor a 3 meses y Copia. Puede ser cualquiera de los siguientes: Recibo Pago Predial, Estado de Cuenta de Servicio Telefónico (Fijo), Recibo del Agua, Recibo de la luz, recibo de servicio de gas.
- CURP. En Original y Copia.
- RFC del Asegurado o Pensionado, con Homoclave. En Original y Copia.
- Documento con la Informacion de la Cuenta Bancaria a la que se realizara el pago de la pensión, expedido por una institución bancaria. En original y Copia.
- Copia Certificada del Acta de Nacimiento. En Original y Copia.
Dependiendo de su tipo de unión:
- En caso de Unión Matrimonial: Copia Certificada del Acta de Matrimonio. En Original y Copia. Este documento deberá de expedirse posterior a la fecha de defunción del asegurado o pensionado, con un lapso no mayor a 90 días de antigüedad de expedición.
- En caso de Unión en Concubinato: Copia Certificada de la Resolución ejecutoria, expedida por una autoridad judicial, en donde acredita la relacion y unión en concubinato, que demuestre una unión de por lo menos 5 años anteriores a la fecha de defunción del asegurado o pensionado fallecido. En Original y Copia. Además Copia Certificada del Acta de Nacimiento, Acta de Adopción o Reconocimiento del hijo. En Original y Copia. Este documento deberá de presentarse en caso de haber tenido un hijo en común entre el asegurado o pensionado fallecido y el beneficiario.
Solamente para Modalidad B (Concubinato):
- Copia Certificada de la Resolución que indique que el Beneficiario tenia dependencia económica y/o de vivienda de la asegurada o pensionada fallecida con la que tenía una Unión en Concubinato.
- Constancia expedida por Servicios de Afiliación y Vigencia de Derechos, en donde se acredita al viudo Concubinario como beneficiario de la asegurada o pensionada fallecida al momento del deceso.
Los documentos que corresponden al asegurado o pensionado fallecido, sin importar la modalidad, son:
Si es de asegurado fallecido
- Número de Seguridad Social (NSS) del Asegurado o Pensionado, en algun documento emitido por el IMSS, Infonavit o AFORE. En Original y Copia.
- CURP. En Original y Copia.
- Estado de cuenta o contrato del AFORE, con no más de 6 meses de antigüedad, solo si el asegurado cotizo a partir del 1 de julio de 1997. Debe de contener el Numero de Seguridad Social (NSS) y el nombre completo. En Original y Copia.
- Copia Certificada del Acta de Nacimiento, Acta de Adopción o Reconocimiento, expedido por el Registro Civil. Carta de Naturalización si es extranjero. En Original y Copia.
- Copia Certificada del Acta de Defunción, expedida por el Registro Civil. En Original y Copia.
Si es de pensionado fallecido:
- Estado de cuenta o contrato del AFORE, con no más de 6 meses de antigüedad, solo si el asegurado cotizo a partir del 1 de julio de 1997. Debe de contener el Numero de Seguridad Social (NSS) y el nombre completo. En Original y Copia.
- Copia Certificada del Acta de Defunción, expedida por el Registro Civil. En Original y Copia.
Recuerda que, si alguno de los documentos proviene del extranjero, tienen que encontrarse debidamente apostillados y legalizados, si se encuentran en otro idioma que no sea español, tendrán que contar con una Traducción Jurada.
¿Cómo tramitar la Pensión por Viudez?
Es muy sencillo. Este trámite lo puedes realizar en la Unidad de Medicina Familiar correspondiente, en horario de 8:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes. Debes llevar la documentación antes mencionada según sea tu caso. En caso de que por edad o enfermedad no puedas acudir a realizar los procesos del trámite, recibirás ayuda asistencial (esto solo es para las viudas).